Seminario Taller "Nuena Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito en: Lavado de Activos".
- Actualización de la ley.
- Procedimientos UAFE (ex UAF).
- Nuevas disposiciones y obligaciones de los sujetos
- Personas expuetas públicamente
- Procedimientos para inmovilizacion de fondos o activos terroristas.
ANTECEDENTES:
El lavado de activos, también conocido como lavado de dinero o blanqueo de capitales se
compone de una serie de técnicas y procedimientos llevadas a cabo por una persona, natural o jurídica, tendiente a ocultar el verdadero origen del dinero proveniente de actividades ilegales, tanto en moneda nacional como extranjera, esto ante empresas e instituciones legalmente constituidas.
OBJETIVOS:
El objetivo de esta Conferencia – Taller de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y otros Delitos, es evitar mediante la utilización del personal o servicios de su empresa, el lavado de activos y financiamiento de delitos, disminuyendo así drásticamente el riesgo reputacional, salvaguardando el bienestar de empleados, funcionarios y la empresa, así cumpliendo con las disposiciones legales vigentes.
¿QUIÉNES DEBEN ASISTIR A ESTE TALLER?:
Todos los sectores económicos obligados a informar de manera mensual a la UAF (Unidad de
Análisis Financiero), tal como lo señala la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del
Delito de Lavado de Activos.
Las personas naturales o jurídicas que pertenecen a estos sectores económicos también se
encuentran en la obligación de establecer controles de prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos en todas las operaciones del negocio, con la finalidad de que no sean utilizados para el cometimiento de dichos actos ilícitos.
- Gerentes
- Sub Gerentes
- Gerentes Financieros
- Gerentes de Riesgos
- Auditores Internos y Externos
- Auditores Financieros
- Auditores informáticos
- Oficiales de Cumplimiento
- Miembros Directivos de Comités y Consejos de Administración - Vigilancia
- Contadores
- Abogados
- burós de crédito
- Personal designado del sistema de prevención y control del lavado de activos en Instituciones Financieras.
- Bancos
- Mutualistas
- Cooperativas de ahorro y crédito
- Aseguradora y Reaseguradoras
- Miembros del equipo de trabajo de los Oficiales de Cumplimiento.
- Gestores de Riesgo.
- Contadores, Auditores y Abogados con conocimiento de los temas relacionados a la prevención del lavado y el combate del financiamiento del terrorismo.
- Oficiales con experiencia en AML quienes necesiten expandir su base de conocimiento para poder
- Peritos
- Notarios
¿
POR QUÉ ASISTIR A ÉSTA CAPACITACIÓN?
Dar apariencia de legalidad a dineros o bienes procedentes de fuentes ilícitas, así como destinar fondos para causas relacionadas con el terrorismo, se constituye en un verdadero riesgo para las organizaciones que pueden ser utilizadas por el crimen organizado y que no demuestren debida diligencia reforzada para detectar y reportar esta clase de operaciones, por ello, la preparación de funcionarios y personal encargado de prevenir, supervisar, investigar y penalizar este delito, debe ser fortalecida, al asistir a esta capacitación sus funcionarios estarán en capacidad de:
a) Actualización en protocolos y estándares internacionales para reducir costos por sanciones y riesgos de responsabilidad civil y penal del gobierno corporativo (directivos, administradores, oficiales de cumplimiento y organismos de control de su Institución)
b) Mejoramiento en técnicas de administración de riesgo para establecer sistemas de control
interno eficientes y eficaces que faciliten conocer al cliente, al empleado y al grupo de interés
c) Prácticas de normas de auditoría internacional para mejorar los resultados de la supervisión
d) En lo relativo a técnicas de investigación legal para fortalecer a las Unidades de Inteligencia Financiera y al Ministerio Público encargadas de documentar y probar el delito, para minimizar la impunidad.
e) Aplicación inmediata de los conocimientos en sus funciones relacionadas al riesgo LAFT.
¿
QUÉ SECTORES SON DESIGNADOS COMO SUJETOS OBLIGADOS A INFORMAR?
La Ley de Prevención, Detección y Erradicación del delito de Lavado de Activos y del
Financiamiento de Delitos, publicada en el Registro oficial No. 352 de 30 de diciembre de 2010, en el Art. innúmerado posterior al Art. 3, establece que son sujetos obligados a informar :
- Las instituciones del sistema financiero y de seguros;
- Las filiales extranjeras bajo control de las instituciones del sistema financiero
- Las bolsas y casas de valores; las administradoras de fondos y fideicomisos;
- Las cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales;
- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves;
- Las empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional o internacional de dinero o valores, transporte nacional e internacional de encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias;
- Las agencias y operadores de turismo; los montes de piedad y las casas de empeño;
- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción;
- Los negociadores de joyas, metales y piedras preciosas; los comerciantes de antigüedades y obras de arte; Los Notarios; y, los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
DE ESTA FORMA, LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO HA EMITIDO DICHAS NORMAS A
LOS SIGUIENTES SECTORES:
- Sistema financiero regulado por la Superintendencia de Bancos y Seguros;
- Cooperativas de ahorro y crédito reguladas por el Ministerio de Inclusión Económica y Social;
- Compañías que realicen actividades de remesas de dinero o giros postales y Courier;
- Administradoras de fondos y fideicomisos, Casas de valores;
- Instituciones del sistema de seguros; y Notarías.
Día 1. – “CAMBIOS RELEVANTES DE LA NUEVA LEY ORGANICA DE PREVENCION,
DETECCIÓN Y ERRADICACION DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DEL
FINANCIAMIENTO DE DELITOS”:
Se conocerán los aspectos y novedades actuales de la nueva ley, los cambios
administrativos y las nuevas obligatoriedades:
1. ¿Qué es el delito de lavado de activos?
1.1. Finalidad de la Ley objetivos.
1.1.1. Verbos rectores y las etapas de lavado de activos
1.2. ¿Qué se consideran operaciones o transacciones económicas inusuales,
injustificadas de acuerdo a la nueva ley?
1.3. ¿Cuáles son los sujetos obligados?
1.3.1. Sectores económicos que actualmente deben reportar.
1.4. ¿Cuáles son nuevas las competencias de la UNIDAD DE ANÁLISIS
FINANCIERO Y ECONÓMICO, UAFE?
1.5. ¿Cuáles son las obligaciones para el ciudadano común?
1.6. Nuevas disposicionessobre el Régimen institucional
1.7. Tipo de información que está abarcada dentro de esta ley.
1.8. Obligaciones legales para los funcionarios de la UAFE y los sujetos obligados.
1.9. ¿Qué son las unidades complementarias de información?
1.10. ¿Cuáles son las faltas administrativas y sanciones?
1.11. ¿Cuál es el procedimiento administrativo sancionador?
1.12. ¿Cuáles son las reformas tributarias inmersa en esta ley?
Día 2. – CRITERIOS Y LISTA MINIMA DE CARGOS PUBLICOS OSTENTADOS POR QUIENES
PUEDEN SER CONSIDERADOS COMO PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE (PEP’s).
Se conocerán los parámetros para determinar la calidad de Persona Expuesta
Políticamente.
1.11. Parámetros definidos por la UAFE.
1.12. Criterios técnicos internacionales que se deben utilizar en la debida
diligencia.
1.13. Parámetros para definir a la Personas Expuestas Públicamente.
1.14. Criterios técnicos internacionales que se deben utilizar en la debida
diligencia.
1.15. Consecuencias jurídicas de un inadecuado o falta de análisis
para Personas Expuestas Políticas y Públicamente.
Día 2.- PROCEDIMIENTO PARA INMOVILIZACION DE FONDOS O ACTIVOS
TERRORISTAS.
Se analizará la Resolución de la Unidad de Análisis Financiero publicada en el
Registro Oficial 493 de 05 de mayo de 2015.
1.16. Medidas de inmovilización de fondos o activos relacionadas con el
Terrorismo y Financiación del Terrorismo.
1.17. Procedimiento para dictar las medidas de inmovilización por parte de las
autoridades involucradas.
1.18. Procedimiento de solicitudes de inmovilización de fondos o activos
terroristas, hechas por terceros países.
1.19. Procedimiento de información a la UAFE por parte de los sujetos
obligados.
1.20. Consecuencias para los sujetos obligados que no reporten a la UAFE
TRAINER: Dra. Catalina Carpio Peñafiel.
Doctora en Jurisprudencia por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) 1999, Mejor Egresada de la Promoción 1997-1998. Egresada de la Maestría en Derecho Constitucional por la Universidad Andina Simón Bolívar, 2005. Postgraduada en Resolución de Conflictos en la Universidad de Upsala, Suecia, 2004. Estudios cursados en Derecho Internacional Económico en la Universidad Central de Venezuela, 2001-2002. Estudios contables en el Colegio de Contadores de Chacao, Caracas-Venezuela, 2002. Ex Asesora Legal de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del Consejo Nacional contra el Lavado de Activos, 2009; Ex Subprocuradora General y Procuradora Metropolitana (E) del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, 2006-2009; Asesora Jurídica del Parlamento Andino, Sede Ecuador, 2003-2006, Gerente Administrativa Costumer Interaction Consultants, Caracas Venezuela, 2001-2003; Abogada Senior PriceWaterhouseCoopers del Ecuador, 2000-2001. Asesora Jurídica de la Administradora de Fondos del Pichincha, FondosPichincha S.A., 1999-2000.
Gerente General y Socia de la Empresa Contycom Cia. Ltda., empresa constituida en 1993 y especializada en asesoría, consultoría y capacitación en materia legal y financiera, especialmente en prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo. En los últimos 7 años, la empresa ha dictado más de 3000 horas de capacitación en prevención de lavado de activos y financiamiento de terrorismo para sujetos obligados en el Ecuador y ha capacitado a más de mil (1000 oficiales) de cumplimiento a nivel nacional. La empresa ha desarrollado modelos de gestión para mitigar el riesgo de lavado de activos y financiamiento de terrorismo para empresas importantes del sector inmobiliario, concesionarios automotrices, entidades de economía popular y solidaria, seguros.
Actualmente es miembro de la Asociación de Especialistas Certificados en Delitos Financieros (ACFCS), con sede en Miami, EEUU, y ha sido invitada como conferencista para la Conferencia Anual Latinoamericana Sobre Delitos Financieros, que se desarrolló del 10-12 de junio de 2015 en la ciudad de Panamá. En octubre de 2016, nuevamente ha sido invitada por ACFCS para ser conferencista en Panamá.
INFORMACIÓN GENERAL:
Incluye:
Seminario-Taller de 24 horas académicas, Coffee break, almuerzo, materiales, CD con información digital y Certificado de Asistencia emitido por Liderazgo, empresa calificada como operadora de Capacitación en el Ministerio de Trabajo y registrada en la SETEC, con el aval de la Red Global de Mentores
Calificados por:
- Liderazgo a través de su director es miembro fundador de la Red Global de Mentores.
- LiderAzgo es miembro de la AOFREP: Asociación de Organizadores de Fiestas, Reuniones Empresariales y Proveedores de la República Argentina.
- Liderazgo ha contado con las autorizaciones N.576 y N.57 de la Unidad de Analisis Financiero U.A.F., para dictar capacitaciones sobre prevención de Lavado de Activos.
- Liderazgo está calificada pro el CISHT - Oficio 003-R, realizado el 05 de enero de 2017
- Liderzgo es una empresa calificada como operadora de capacitacion en el Ministerio de Trabajo y Registrada en la SETEC.